Choque entre el Gobierno central y Aragón: recurso contra la ley energética autonómica

El Gobierno de España ha presentado un recurso de inconstitucionalidad frente a ocho artículos de la Ley de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial de Aragón. Esta medida abre una nueva fase en el enfrentamiento competencial entre la administración estatal y la comunidad autónoma.

Motivos alegados por el Estado

El Ejecutivo central sostiene que las disposiciones recurridas sobre autoconsumo, comunidades energéticas, zonificación ambiental y autorización de instalaciones híbridas invaden competencias que corresponden al Estado. Señala que la ley aragonesa establecería un marco propio que colisiona con la normativa básica del sector eléctrico dentro del ordenamiento nacional.

Acuerdos previos y materias en disputa

Antes de acudir al Tribunal Constitucional, el Gobierno y el Ejecutivo aragonés negociaron en el contexto de la Comisión Bilateral. De los 24 artículos puestos en cuestión inicialmente, 16 alcanzaron consenso entre ambas administraciones. Los ocho restantes, que no pudieron pactarse, son los que ahora están impugnados.

Postura del Gobierno de Aragón

Las autoridades autonómicas advierten que el recurso puede generar incertidumbre jurídica y ralentizar la tramitación de proyectos energéticos en Aragón, especialmente cuando la red de distribución se halla ya próxima a su capacidad límite. También defienden que la normativa recurrida fue debatida y aprobada por el Parlamento aragonés y critican que disposiciones similares en leyes anteriores no hayan sido objeto de impugnación.

Consecuencias para el despliegue energético

La presentación del recurso podría afectar a iniciativas en curso de autoconsumo, comunidades energéticas e instalaciones renovables en Aragón, si se impone la suspensión cautelar de los artículos afectados. El resultado final del recurso será determinante para conocer hasta qué punto Aragón puede legislar con autonomía en materia energética frente a la normativa estatal.